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Las leyes penales y penitenciarias ante las nuevas realidades

16.07.2012 (11:23 am)
Iñigo Lamarca

El Ararteko Iñigo Lamarka ha escrito este artículo en el Informe Primavera 2012 del Observatorio Social del Proceso de paz publicado por Lokarri el 12 de Julio.

La posición del Ararteko sobre la aplicación de la legislación penal y penitenciaria a las personas que se hallan en prisión por la comisión de delitos considerados por el Código Penal como de naturaleza terrorista ha sido siempre coherente y responde al principio de la interpretación de la ley según los términos más favorables a los derechos de las personas. El comunicado que dio a conocer ETA el 20 de octubre del pasado año en el que anunciaba el cese definitivo de su actividad violenta ha alumbrado, sin duda, un nuevo escenario que el Derecho no puede ignorar. Como tampoco puede ignorar otros hechos de significativa relevancia, como las manifestaciones de destacados dirigentes de la ilegalizada Batasuna rechazando el uso de la violencia, el hecho de que ese rechazo, expresado en términos contundentes e indubitados, se recoja explícitamente en los Estatutos de Sortu o, más recientemente, la disolución de Segi y de Askatasuna. La idea de que nos hallamos en un tiempo histórico nuevo en el que la violencia terrorista de ETA carece de todo margen y de oxígeno para actuar, lo cual le conducirá inexorablemente a su disolución formal –que debemos exigirle que lo haga ya-, es una idea compartida por la inmensa mayoría de la sociedad vasca y de las formaciones políticas. En base a todo ello, entendemos que el contexto en el que surgió la legislación antiterrorista y se aplicó ésta por parte del Ejecutivo y de los jueces y fiscales, ha cambiado radicalmente; en consecuencia, el Derecho ha de evolucionar y adaptarse si no quiere traicionarse a sí misma incumpliendo lo dispuesto por las normas de interpretación y aplicación jurídicas contenidas en el Código Civil.

De entrada, habría que plantearse el acercamiento de los presos a los que nos hemos referido a cárceles del País Vasco o próximas a nuestra comunidad puesto que ninguna ley prescribe la dispersión y el alejamiento de aquéllos fuera de sus entornos socio-familiares. Fue una decisión política ligada a la lucha antiterrorista la que determinó la dispersión, y creemos que en el momento actual deben primar los principios generales del Derecho penitenciario español, así como el Principio 20 del Conjunto de Principios de Naciones Unidas para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión, permitiendo en consecuencia que el cumplimiento de la condena se haga en prisiones de la CAPV o cercanas, lo cual acabaría de paso con los efectos negativos, costes y riesgos que el alejamiento comporta para familiares y amigos, que resultan injustos e injustificados.

La legislación penal y penitenciaria española se ha dotado de normas específicas y extraordinarias en relación con delitos tipificados como terrorismo. Entendemos que habría que plantearse la revisión o modificación de esas normas para una mejor salvaguarda de los derechos de las personas y para, asimismo, elevar la calidad del Estado democrático de Derecho y reforzar su legitimación. En tanto en cuanto no se produzca esa modificación, creemos que existen argumentos jurídicos sólidos para interpretar la referida legislación en el sentido de que en todo lo relativo a la excarcelación de presos aquejados de enfermedades graves, a la clasificación penitenciaria (acceso a los grados segundo y tercero), a la aplicación de los beneficios peniten-ciarios y a la obtención de la libertad condicional sean los principios y el contenido material de las disposiciones del sistema normativo general los que sean empleados por los jueces y la administración peniten-ciaria. Todo ello ha de estar, a nuestro juicio, al servicio de los siguientes principios, que entendemos son básicos de un sistema democrático: procurar la paz y la convivencia sociales, facilitar la reinserción social de las personas que han delinquido de manera que asuman los valores éticos de respeto a los derechos humanos, y emplear los medios de la justicia restaurativa para dar satisfacción a la víctimas de los delitos cometidos.

Políticas penitenciarias en H@ritu

25.06.2012 (4:51 pm)

Ya está disponible el número 40 de Haritu, la revista de Lokarri.

En esta ocasión la política penitenciaria es protagonista con interesantes entrevistas a Xabier Etxebarria (mediador de los encuentros entre presos de ETA acogidos a la “vía Nanclares” y víctimas), Amaia Esnal (miembro de la plataforma de apoyo al colectivo de presos Herrira) y Jon Landa (profesor de Derecho Penal y ex-director de Derechos Humanos del Gobierno Vasco).

Hacemos un repaso a la campaña de Lokarri en la que venimos recabando adhesiones a la Declaración de Aiete, incluyendo un resumen de las mesas redondas donde analistas políticos han expuesto la situación en la que nos encontramos ocho meses después de la Conferencia Internacional de Aiete.

En la sección internacional la situación en Colombia es la protagonista. Puedes leer una crónica en primera persona de la liberación de los últimos uniformados secuestrados por las FARC .

Te ofrecemos la posibilidad de leer todos los números de Haritu aquí.


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